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UGT y CCOO denuncian el incumplimiento por parte del Gobierno de España, de determinadas disposiciones de la Carta Social Europea

El pasado 30 de junio, CCOO y UGT enviaron las alegaciones conjuntas al Informe 34º que el Gobierno de España presentó ante el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS), en el marco del sistema de control de cumplimiento de las disposiciones de la Carta Social Europea (CSE).

Este sistema de control del cumplimiento ha dado un paso importante con la ratificación del Protocolo de Reclamaciones colectivas, que permite la denuncia de cuestiones concretas sobre incumplimientos, lo que unido al sistema de presentación de Informes ante el CEDS, a los que las principales centrales sindicales españolas venimos haciendo alegaciones desde hace más de una década, ha permitido aumentar de manera significativa la protección de los derechos sociales recogidos en la Carta Social Europea.
En esta ocasión, las alegaciones presentadas de forma conjunta por UGT y CCOO, han incorporado la denuncia del incumplimiento de cuestiones que afectan a materias de relevancia laboral, al mismo tiempo se reitera la denuncia de otros aspectos que ya fueron declarados vulnerados por el CEDS y que continúan sin corregirse.

Las cuestiones que se han denunciado están relacionadas con la jornada laboral, incluida la reducción de la misma, el tiempo de trabajo, vacaciones, salarios, Seguridad y Salud en el trabajo, negociación colectiva o derecho de huelga. Se trata de un conjunto de materias sobre las que la legislación internacional elaborada en el seno del Consejo de Europa, impone condiciones y garantías a nuestro sistema de relaciones laborales.

En este nuevo ciclo, tras la ratificación y entrada en vigor de la Carta Social revisada, se ha ampliado notablemente el catálogo de derechos laborales y sociales que deben ser observados por los Estados integrantes del Consejo de Europa. Tal es así, que los criterios establecidos sobre las denuncias de incumplimiento y reclamaciones colectivas promovidas por las organizaciones sindicales más representativas, han de integrar nuestra legislación y la práctica judicial, de lo contrario deberá ser modificada en el sentido más adecuado en relación al contenido de los preceptos de la Carta y su interpretación por el CEDS.

► Documento íntegro de alegaciones

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