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Ventajas y beneficios para personas afiliadas a UGT

Puedes afiliarte usando el formulario de afiliación online
 

Más información llamando al 968 28 47 12.

 

¿Qué ventajas supone afiliarse a UGT?

Las ventajas de estar afiliado/a a un sindicato organizado y estructurado, como UGT, son numerosas:

Información y asesoramiento permanente

– Gabinete Jurídico Especializado (abogados/as laboralistas, etc.)
– Contratación, salarios, vacaciones, nóminas, jornadas, convenios colectivos, liquidaciones, finiquitos, jubilaciones, pensiones, Seguridad Social, despidos, etc.
– Expedientes de regulación
– Protección por desempleo
– Prevención de riesgos laborales
– Formación continua adaptada a los puestos de trabajo
– Formación sindical específica a los delegados/as de personal, miembros de comités y delegados/as de Salud Laboral

Otros servicios

– Vacaciones, viajes y hoteles
– Campamentos infantiles de verano
– Ocio: residencias, tiempo libre
– Establecimientos concertados
– Seguro de Accidentes en caso de muerte, a partir de un año de afiliación ininterrumpida a UGT

Cuantía de las cuotas de afiliación a UGT para el año 2024

  • Cuota Básica Confederal
    14,50 euros mensuales   (puede variar mínimamente según la Federación)

– Cuota Reducida (Tipo B): 10,15 euros mensuales: Se aplicará a los afiliados cuyos ingresos anuales íntegros procedentes de rentas del trabajo o protección por desempleo sean iguales o inferiores en cómputo anual a la cantidad de 14.000 euros. 

Cuota Especial para Jubilados (tipo C): 7,25 euros mensuales Se aplicará a las personas adscritas de la Unión de Jubilados y Pensionistas (UJP) cuyos ingresos anuales íntegros sean superiores a la cantidad de 7.000 €

– Cuota Especial para Asalariados (tipo D): 4,35 euros mensuales. Se aplicará a los afiliados y afiliadas cuyos ingresos anuales íntegros procedentes de rentas del trabajo sean iguales o inferiores a 7.000 €.

– Cuota Especial para Parados (tipo D): 4,35 euros mensuales. Se aplicará a los afiliados y afiliadas que se encuentren en situación de paro y carezcan de ingresos o prestaciones.

– Cuotas Especiales para Jubilados (tipo D): 4,35 euros mensuales. Se aplicará a las personas adscritas de la Unión de Jubilados y Pensionistas (UJP) cuyos ingresos anuales íntegros sean iguales o inferiores a 7.000 €.

– Cuota Especial para estudiantes menores de 25 años (tipo E): 1,00 euro mensual. Se aplicará a estudiantes menores de 25 años y que no tengan ningún tipo de ingresos.

– Cuota especial de UPA y UPTA: 5,08 euros mensuales. Se aplicará a sus afiliados y afiliadas.